lunes, 9 de noviembre de 2015

Divorcio ante notario

Con la entrada en vigor de la nueva ley de Jurisdicción Voluntaria se ha producido una modificación importante en la tramitación de algunos divorcios, que se sacan del ámbito judicial, a la vez que se echa un cable desde el gobierno a la mejora de los ingresos de los notarios.

Esa novedad consiste en que los notarios pueden divorciar aquellos matrimonios sin hijos menores de edad, y siempre que se haya alcanzado un acuerdo sobre pensiones y uso de la vivienda.
Se supone que ello supondrá una mayor rapidez en esos procedimientos, aunque el coste económico será semejante pues sigue siendo imprescindible la utilización del abogado, y se sustituye la factura del procurador por la del notario. Este sistema es opcional frente al procedimiento en el juzgado, donde la novedad reside, siempre para estos casos de matrimonios sin hijos, en que en lugar del juez, dictará el divorcio el antiguo secretario judicial, ahora llamado letrado de la administración de justicia.

Si hay hijos menores de edad el divorcio deberá tramitarse ante el juzgado como se ha hecho siempre.

Además, se prevé que en unos meses el notario puede celebrar matrimonios civiles.

Es un paso hacia la privatización de la justicia que ayudará a descongestionar algunos juzgados. Se irán viendo sus efectos conforme pase el tiempo.